Expedido en: miércoles, 24 de enero de 2024
Título: Por la cual se señala el número máximo de cuñas en televisión de que pueden hacer uso las campañas electorales en las elecciones para Gobernadores, Diputados, Alcaldes, Concejales y Juntas Administradoras Locales, que se lleven a cabo en el año 2024
Publicado en: Diario Oficial No. 52697
Pág. 48-50
Fecha Publicación: miércoles, 13 de marzo de 2024
Entidad Generadora: Consejo Nacional Electoral
Extracto : Cada candidato a alcalde municipal o distrital o cada lista de candidatos a corporaciones públicas del nivel municipal, distrital o local correspondientes a los municipios o distritos de sexta, quinta y cuarta categoría, pueden contratar y difundir hasta una (1) cuña televisiva diaria, de hasta quince (15) segundos.