Expedido en: viernes, 25 de junio de 2021
Título: Por el cual se establecen los requisitos sanitarios que se tendrán en cuenta en la donación de medicamentos de síntesis química, biológicos. radiofármacos, productos fitoterapéuticos, gases medicinales, medicamentos homeopáticos, dispositivos médicos, equipos biomédicos, reactivos de diagnóstico in vitro, cosméticos y productos de higiene doméstica y absorbentes de higiene personal, y materias primas, para atender la pandemia por la COVID- 19
Publicado en: Diario Oficial No. 51716
Pág. 1-3
Fecha Publicación: viernes, 25 de junio de 2021
Entidad Generadora: Ministerio de Salud y Protección Social
Vigencia: El presente decreto rige a partir de su publicación, y tendrá vigencia mientras subsista la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social en relación con la COVID-19.