Expedido en: viernes, 18 de diciembre de 2009
Título: Por el cual se reglamenta el literal d) del artículo 31 del Estatuto Orgánico del Sistema
Financiero modificado por el artículo 58 de la Ley 1328 del 15 de julio de 2009, en relación
con las condiciones y límites a los que deben sujetarse las inversiones que se realicen
con los recursos de los Fondos de Cesantía
Publicado en: Diario Oficial No. 47567
Pág. 5-10
Fecha Publicación: viernes, 18 de diciembre de 2009
Entidad Generadora: Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Vigencia: El decreto 4935 de 2010 empieza a regir a partir del 1° de enero de 2010 (Art.18)