Expedido en: viernes, 22 de diciembre de 2023
Título: Por el cual se reglamentan los artículos 20-3, 260-5, 260-9, 298-8, 356-3, 364-5, 378, 381,512-1, 512-6, 513-12, 513-13, 555-2, 579, 579-2, 580, 588, 591, 592, 595, 596, 599, 600,
602, 603, 605, 606, 607, 800, 803, 811, 876, 877, 910 y 915 del Estatuto Tributario, artículo
170 de la Ley 1607 de 2012, artículos 221 y 222 de la Ley 1819 de 2016 modificados por los artículos 47 y 48 de la Ley 2277 de 2022, respectivamente, el parágrafo 7° del artículo
238 de la Ley 1819 de 2016 y artículo 51 de la Ley 2277 de 2022, se modifica el epígrafe y se sustituyen unos artículos de la Sección 2 del Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 6
del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, para establecer los calendarios de plazos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias
administradas por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) a partir del año 2024 y siguientes.
Publicado en: Diario Oficial No. 52617
Pág. 4-16
Fecha Publicación: viernes, 22 de diciembre de 2023
Entidad Generadora: Ministerio de Hacienda y Crédito Público