Graves Violaciones

GRAVES VIOLACIONES A LOS D.D.H.H. Violaciones alderechoalaintegridadfísica Lesiones Caso EspitiaVilla (reinsertado de las FARC) Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección C Sentencia de 7 de septiembre de 2015, Rad. 33289 M. P. Olga Mélida Valle de De La Hoz El 12 de noviembre de 2001, Lleris Vicente Espitia Villa padeció un atentado terrorista en su establecimiento de comercio en Bogotá, que le generó una incapacidad del 70,4% y la destrucción total del establecimiento. Lleris Vicente Espitia Villa era un reinsertado de las FARC, blanco de amenazas por miembros del Ejército y del DAS para que delatara a sus excompañeros, por lo que acudió al programa de reinserción. Consideraciones jurídicas Se acreditó el daño padecido por el actor con la historia clínica remitida por el Hospital San Ignacio y por el dictamen de calificación de invalidez de la Junta Regional de Calificación de Invalidez de Bogotá, D. C. y Cundinamarca. El actor cumplió con los requisitos establecidos en la Ley 104 de 1993, el Decreto 1385 de 1994 y la Ley 418 de 1997, para ser un reinsertado. Por lo tanto, sobre él recaía un especial deber de protección, el cual fue omitido por las entidades demandadas, por lo que se configuró una falla en el servicio toda vez que el actor demostró haber radicado varias solicitudes de protección, a lo que se añadieron las demás pruebas aportadas al proceso, que acreditaron que las demandadas no valoraron la situación de riesgo ni se realizó el estudio de seguridad, en razón a que solo se limitaron a cumplir con el programa de reinserción en el aspecto económico. Sentido de la decisión Modificó la sentencia de primera instancia en el sentido de condenar al pago de perjuicios materiales en la modalidad de daño emergente. Reparaciones Reconoció el pago de perjuicios morales a favor de la víctima y de sus padres. Condenó al pago de perjuicios materiales en la modalidad de daño emergente y perjuicios por el daño a la salud a favor de Lleris Vicente Espitia Villa. Aclaración de voto del Magistrado Guillermo Sánchez Luque: Reinsertados-Su calificación como sujetos de especial protección puede convertirse en factor de imputación. 227 Anterior Siguiente Contenido Inicio Vista Anterior Índice temático

RkJQdWJsaXNoZXIy NzAxMjQz