Graves Violaciones

GRAVESVIOLACIONES A LOSD.D.H.H. Violaciones al derecho a la integridad física Lesiones Caso Sánchez Cerquera (civil herido en enfrentamiento) Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección C Sentencia de 25 de febrero de 2016, Rad. 37226 M. P. Jaime Orlando Santofimio Gamboa El 30 de marzo de 2000, Víctor Sánchez Cerquera sufrió una lesión como consecuencia del enfrentamiento entre miembros de la Policía Nacional y un grupo armado insurgente cuando este pretendía tomarse la población de Puerto Saldaña, municipio de Rioblanco, Tolima. Consideraciones jurídicas Falla en la prestación del servicio, toda vez que pese a que se presentó un primer ataque el 1.º de abril de 2000 y un segundo ataque que continuó desde el 25 hasta el 27 del mismo mes, no se adoptaron las medidas pertinentes para evitar que se siguieran generando actos de esta naturaleza ni para suspender a tiempo el ataque. Sentido de la decisión Revocó la sentencia de primera instancia y, en su lugar, accedió parcialmente. Reparaciones Condenó al pago de perjuicios morales a favor de víctima directa, hijo y hermanos. Condenó al pago de perjuicios materiales en la modalidad de lucro cesante. Ordenó las siguientes medidas de reparación no pecuniarias: Enviar copia de la sentencia al Centro de Memoria Histórica. Difundir la sentencia en medios de comunicación. Enviar copia de la sentencia a la Fiscalía para que determine lo relativo a la responsabilidad. Enviar copia de la sentencia al Ministerio de Relaciones Exteriores y a la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, para que sea puesta en conocimiento del Alto Comisionado de las Naciones Unidas. Reconocer a los familiares como víctimas del conflicto armado interno. Rendir informes periódicos de seguimiento del cumplimiento de la sentencia. Aclaración de voto de la Magistrada Olga Mélida Valle de De La Hoz: La aplicación del principio de precaución en casos como este no es procedente, toda vez que para que pueda ser imputable a la entidad se require que el daño sea cierto y real. Salvamento de voto del Magistrado Guillermo Sánchez Luque: Ataque dirigido en contra de un particular-Ausencia de pruebas sobre el incumplimiento de los deberes de seguridad y protección. Falla del servicio por incumplimiento de los deberes de seguridad y protección- Riesgos de la tendencia “expansiva” de la responsabilidad. Otra providencia: - Sentencia de 11 de agosto de 2010, Rad. 18894, M.P. Mauricio Fajardo Gómez, A.V. Magistrado Enrique Gil Botero y A.V.Magistrada Ruth Stella CorreaPalacio . 228 Anterior Siguiente Contenido Inicio Vista Anterior Índice temático

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