Graves Violaciones

GRAVESVIOLACIONES A LOSD.D.H.H. Violaciones al derecho a la integridad física Tortura Caso Ramos Restrepo (detenido torturado) Consejo de Estado, Sección Tercera Sentencia de 5 de febrero de 1982, Rad. 2893 M. P. Carlos Betancur Jaramillo El 12 de diciembre de 1977, Elkin Ramos Restrepo y su cuñado Rafael Ferrer Lotero estaban ingiriendo licor en la heladería El Chalet de la ciudad de Medellín. Elkin Ramos Restrepo, en completo estado de embriaguez, se negó a pagar la cuenta, lo que obligó al administrador del establecimiento a pedir la ayuda de la Policía Nacional. Los agentes detuvieron a Elkin Ramos Restrepo y, a golpes, lo condujeron a la Estación IV de Policía y luego a la subestación del barrio Santa Lucía, en donde fue encerrado en un estrecho calabozo. A las 5 de la madrugada, el agente a cargo de la Subestación informó a su compañero que el detenido se había colgado con el suéter. Consi deracion es jurídicas La Sala comparte el concepto del Ministerio Público, que afirmó que el maltrato a que fue sometido Elkin Ramos Restrepo y su posterior muerte configuraron plenamente una falla en el servicio de protección y vigilancia de la Policía Nacional que provocó la muerte de un ciudadano por el solo hecho de no pagar una cuenta. Los agentes de la Policía Nacional que detuvieron a Elkin Ramos Restrepo procedieron en forma arbitraria y abusiva con el detenido, pues lo sometieron a una tremenda golpiza, le propinaron golpes de bolillo y patadas y así fue conducido a las instalaciones de la Cuarta Estación de Policía, donde lo asfixiaron. Sentido de la decisión Declaró responsable a la Nación-Ministerio de Defensa por la muerte de José Elkin Ramos Restrepo. Reparaciones Reconoció perjuicios materiales en abstracto porque si bien se demostró que la víctima sostenía a su familia, no se acreditó la vinculación alegada con la Federación de Cafeteros o con alguna entidad de la cual derivara sus ingresos. Ordenó el pago de perjuicios morales a favor de la cónyuge e hijas de la víctima. Otra providencia: - Sentencia de 28 de enero de 2009, Rad. 30340, M.P. Enrique Gil Botero. 230 Anterior Siguiente Contenido Inicio Vista Anterior Índice temático

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