Graves Violaciones

GRAVESVIOLACIONES A LOSD.D.H.H. Violaciones alderechoalalibertadyalaseguridadpersonal Caso Agudelo Rúa (detención arbitraria de docentes) Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección B, Sentencia de 6 de diciembre de 2013, Rad. 30890 M. P. Ramiro Pazos Guerrero El 1º de mayo de 2000, Néstor Albeiro Agudelo Rúa, docente al servicio del magisterio y Rodrigo Alberto Castro Marín, profesor de la Universidad de Antioquia, entre otras personas, acudieron a una marcha conmemorativa del Día Internacional de los Trabajadores en la ciudad de Medellín, al cabo de la cual fueron capturados por la Policía Nacional y puestos a disposición de la Fiscalía General de la Nación como supuestos autores de los punibles de terrorismo, concierto para delinquir y violencia contra servidor público. Pasados once días desde su detención, la Fiscalía precluyó la investigación, al concluir que estos no habían cometido ningún delito y, por el contrario, habían sido víctimas de una “cacería de brujas”. Consideraciones jurídicas No es aceptable en una sociedad democrática que los ciudadanos sean objeto de sospechas debido a lugar del que provienen o por el interés que, sin hacer parte de un grupo criminal, manifiesten en determinadas posiciones políticas o ideológicas. Esta conducta implica una evidente falla en el servicio imputable a la Policía, pues, en un abierto desconocimiento de las normas constitucionales y legales, que condicionan la captura de personas a estrictos requisitos de necesidad, proporcionalidad y convicción sobre la probabilidad de la conducta punible, procedieron a la detención indiscriminada de ciudadanos, con base en supuestos indicios carentes de toda gravedad y seriedad. Esta acción supuso además una grave amenaza contra el derecho fundamental de reunión y manifestación pacífica que les asiste a todos los ciudadanos por orden constitucional. La captura ilegal tuvo un impacto negativo sobre el ejercicio de este derecho y los procesos de movilización ciudadana para el reclamo de sus libertades públicas. La “criminalización” de la protesta social, la restricción por vía punitiva del derecho de reunión y asociación, tiene un efecto amedrentador en los sectores de la sociedad que no pueden acceder a otros canales de denuncia. Sentido de la decisión Revocó la sentencia de primera instancia y, en consecuencia, condenó a la entidad demandada. Reparaciones Reconoció el pago de perjuicios morales a favor de las víctimas directas, sus padres y la compañera permanente de una de ellas. Condenó al pago de perjuicios materiales, en la modalidad de daño emergente por gastos de representación judicial, a favor de las víctimas directas. 256 Anterior Siguiente Contenido Inicio Vista Anterior Índice temático

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