Graves Violaciones

GRAVESVIOLACIONES A LOSD.D.H.H. Desaparición forzada Caso Beltrán Puentes (Palacio de Justicia) Consejo de Estado, Sección Tercera, Sentencia de 28 de enero de 1999, Rad. 12623 M. P. Ricardo Hoyos Duque Entre los días 6 y 7 de noviembre de 1985, Héctor Jaime Beltrán Fuentes desapareció en el operativo militar que se llevó a cabo en el Palacio de Justicia con motivo de la toma de este por parte del M-19. Héctor Jaime Beltrán Puentes se desempeñaba como mesero en la cafetería- restaurante del Palacio de Justicia y hasta la fecha de presentación de la demanda se desconoce su paradero. Consideraciones jurídicas Es pertinente reiterar el criterio expuesto en la sentencia de 16 de febrero de 1995, Rad. 8966, M. P. Juan de Dios Montes Hernández, en la que se expresó que con anterioridad al 6 de noviembre de 1985 el Gobierno nacional y la propia opinión pública estaban enterados no solo de las amenazas que existían contra los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, sino también de la pretendida ocupación del Palacio de Justicia por parte del M-19. Se acreditó la forma como el Gobierno nacional reaccionó ante la ocupación del Palacio de Justiciapor parte delmovimiento guerrillero, esto es, sin obedecer aunoperativo estratégicamente estudiado y analizado, sin medir las múltiples y graves consecuencias que podían derivarse no solo para el propio Estado, sino para las instituciones judiciales amenazadas, haciendo caso omiso de la vida e integridad de quienes sin ser protagonistas quedaron encerrados en la edificación ocupada, y sin atender las llamadas angustiosas del Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Alfonso Reyes Echandía. Antes que la defensa de las instituciones, lo que se dio fue un exceso en el uso del poder y un desconocimiento de los fines del Estado, los que le impidieron prever al Gobierno nacional las dolorosas consecuencias que traería para el Estado el sacrificio ilegítimo y precipitado, no solo de algunos exponentes de la justicia colombiana, sino de los demás funcionarios y ciudadanos ajenos a la contienda. La falla del servicio se presentó por dos razones. La primera, por haber suprimido la vigilancia necesaria en momentos en que no cabía duda acerca de la gravedad de las amenazas que pesaban sobre los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado derivadas de las extraordinarias circunstancias de violencia que vivía el país, las dificultades por las que atravesaba el proceso de paz trazado por el Gobierno, los actos que con anterioridad inmediata se habían cumplido por la guerrilla y los asuntos especialmente delicados que se debían decidir por esos días en la Corte Suprema de Justicia (tratado de extradición). La segunda, por la forma atropellada, imprudente e impróvida con que las Fuerzas Armadas reprimieron la toma del Palacio de Justicia. Los ilegítimos y cuestionables procedimientos en el levantamiento de los cadáveres y la retención por las fuerzas militares y de policía de personas rescatadas no identificadas, configuran una falla del servicio, porque generaron duda acerca de la identidad de los cuerpos. 268 Anterior Siguiente Contenido Inicio Vista Anterior Índice temático

RkJQdWJsaXNoZXIy NzAxMjQz