Graves Violaciones
INFRACCIONES AL D.I.H. Infracciones al derecho a la vida Homicidio de integrantes de la fuerza pública (puestos fuera de combate, uso de armas no convencionales, uso desproporcionado de la fuerza) Caso Martínez Gutiérrez (toma de Las Delicias, Putumayo) Consejo de Estado, Sección Tercera Subsección C Sentencia de 18 de julio de 2012, Rad. 19345 M. P. Jaime Orlando Santofimio Gamboa El 30 de agosto de 1996, el soldado AlfonsoMartínez Gutiérrez, quien prestaba el servicio militar obligatorio, murió durante la toma a la base militar de Las Delicias, ubicada en el departamento del Putumayo, por parte del grupo armado insurgente “Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC)”. Consideraciones jurídicas El concepto de ciudadano-soldado se desarrolla como representativo de la vigencia de los derechos humanos respecto de los miembros de la fuerza pública en el marco del conflicto armado. El Estado es administrativamente responsable, ya que no hubo o no se emplearon los suficientes instrumentos de prevención, la calidad de la respuesta que se tuvo para defender a los miembros de la fuerza pública acantonados en dicha base fue limitada, tardía, insuficiente y propia de la falta absoluta de planeación y coordinación que exige la estrategia y desarrollo militar y el apoyo o reacción del Estado fue tardío, insuficiente y drásticamente limitado. Hubo una falta absoluta de la “debida diligencia” que debía aplicar el Estado en el caso concreto de la toma de la base militar de Las Delicias por parte de un grupo armado insurgente. Sentido de la decisión Revocó la sentencia de primera instancia y, en su lugar, condenó al Estado Reparaciones Reconoció perjuicios morales a favor de los padres y hermanos de la víctima. Condenó al pago de perjuicios materiales, en la modalidad de lucro cesante, a favor de los padres de la víctima. Ordenó las siguientes medidas de satisfacción a cargo del Ministerio de Defensa-Ejército Nacional: La publicación de la sentencia y de su parte resolutiva por un término de seis (6) meses, contados a partir de su notificación, en todos los comandos, batallones, bases militares de la República de Colombia, en el Diario Oficial, en un diario de circulación nacional, en el canal institucional de televisión y además se divulgará en el medio radial del Ejército. La realización de un acto público de reconocimiento de responsabilidad en la que participe el Ministro de Defensa, el comandante de las Fuerzas Militares y el comandante del Ejército Nacional. El Ministro de Defensa deberá formular una política dirigida a corregir los fallos cometidos en la base militar de Las Delicias (que debe realizarse de manera conjunta y en un solo acto, conforme a las decisiones judiciales que en este mismo sentido han sido proferidas). Proveer a la familia del causante de un tratamiento psicológico que le permita su reinserción social y la superación de las huellas de la guerra. 361 Anterior Siguiente Contenido Inicio Vista Anterior Índice temático
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