Graves Violaciones

INFRACCIONES AL D.I.H. Infracciones al derecho a la vida Artefacto explosivo o mina antipersonal controvertirla, de acuerdo con lo dispuesto para la tacha de falsedad en el artículo 289 del Código de Procedimiento Civil. Esto es, dentro de los 5 días siguientes a la notificación del auto que ordena tenerla como prueba, o al día siguiente a aquel en que haya sido aportada en audiencia o diligencia, salvo que las partes hayan tenido a su disposición las piezas documentales trasladadas durante el trámite del proceso y no las hubiesen controvertido, estas podrán ser estimadas por el juzgador por razones de lealtad procesal . Por otro lado, puede ocurrir que dentro de los procesos trasladados obren declaraciones de testigos y que estos no hayan sido ratificados como lo establece el artículo 229 del C. P. C., en sede contenciosa administrativa. En estos eventos, en principio no pueden valorarse. Se dice que en principio, porque sí pueden tener el valor de indicios, los cuales unidos a los que resulten de otras pruebas, estas sí practicadas dentro del proceso contencioso administrativo, lleven al juzgador a la convicción plena de aquello que se pretenda establecer. La Corte Constitucional señaló la posibilidad de que el juez valore aquellas declaraciones consagradas en los procesos traslados aun cuando no hayan sido ratificadas dentro del proceso que se pretenden hacer valer. Lo anterior, en atención a que hacer lo contrario traería como consecuencia un defecto fáctico por exceso ritual manifiesto. La sentencia SU-768 de 2014 deja en claro que el deber primario y fundamental de todos los funcionarios judiciales es el de guardar estricta fidelidad al texto y espíritu de la Constitución por encima de las disposiciones legales y/o reglamentarias. Según la Corte es preciso comprometerse con la vigencia de los derechos fundamentales y el principio democrático para satisfacer los requerimientos que una sociedad como la nuestra exige, lo cual demanda de la judicatura un rol proactivo y volcado hacia la búsqueda de la verdad y de la aplicación y primacía del derecho sustancial sobre el forma. Conforme a lo anterior y específicamente para los testimonios practicados dentro del proceso penal trasladado, serán valorados por la Subsección, junto con todo el acervo probatorio allegado al plenario, para así resolver el presente caso y siempre bajo la égida de la protección de los derechos fundamentales de las partes del proceso. 419 Anterior Siguiente Contenido Inicio Vista Anterior Índice temático

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