Graves Violaciones

INFRACCIONES AL D.I.H. Infracciones a la integridad personal Desplazamiento forzado Caso Ocampo Ospina (zona de despeje) Consejo de Estado, Sección Tercera Subsección A Sentencia de 16 de julio de 2015, Rad. 34046 M. P. Hernán Andrade Rincón (E) En el mes de diciembre de 1999, Francisco José Ocampo Ospina perdió la explotación agrícola y ganadera de unos predios de su propiedad ubicados en el municipio de Mesetas (Meta) como consecuencia de la ocupación del municipio por parte de miembros de las FARC y el retiro de la Fuerza Pública y de los funcionarios judiciales y administrativos debido a la fijación de la zona de distensión por parte del Gobierno Nacional. Consideraciones jurídicas A través de las medidas que adoptó el Gobierno Nacional en el sentido de anunciar, declarar, crear actos administrativos y poner en marcha la llamada “zona de despeje”, se configuró en nombre del actor un daño especial, el cual se concretó con la imposibilidad de continuar ejerciendo su derecho de posesión sobre los predios ubicados en el municipio de Mesetas (Meta), debido a las amenazas de las FARC que lo obligaron a abandonar las tierras. El demandante realizaba actividad ganadera en los predios que conformaban la finca denominada “La Hacienda” ubicada en el municipio de Mesetas (Meta) que poseía, sin embargo, tuvo que abandonarlos por amenazas provenientes de las FARC. Se vio forzado a migrar dentro del territorio nacional abandonando su localidad de actividades económicas habituales porque su vida, integridad física, seguridad o libertad personales se encontraban directamente amenazadas, con ocasión del conflicto armado interno y las infracciones al Derecho Internacional Humanitario. Las FARC transgredieron las disposiciones del Derecho Internacional Humanitario al obligar al señor José Ocampo Ospina a abandonar el territorio donde ejercía su actividad económica en forma permanente. Sentido de la decisión Revocó el fallo de primera instancia y, en su lugar, declaró la responsabilidad del Estado. Reparaciones Reconoció perjuicios morales a favor de Francisco José Ocampo Ospina. Condenó al pago de perjuicios materiales a favor de Francisco José Ocampo Ospina. Ordenó las siguientes medidas: Compulsar copias a la Fiscalía General de la Nación para que investigara penalmente las posibles violaciones al DIH cometidas por las FARC por el desplazamiento forzado del señor Francisco José Ocampo Ospina. Solicitar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos la realización de un informe especial relativo a las violaciones a los derechos humanos y al DIH que se hubieran podido cometer con ocasión de la zona de distensión y que se efectuaran, por parte de ese organismo, las recomendaciones y se ordenaran las medidas a las cuales hubiere lugar. Otras providencias: - Sentencia de 2 de septiembre de 2013, Rad. 27553, M.P. Mauricio Fajardo Gómez. - Auto de 22 de noviembre de 2012, Rad. 40177, M.P. Stella Conto Díaz del Castillo. 453 Anterior Siguiente Contenido Inicio Vista Anterior Índice temático

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