Graves Violaciones

INFRACCIONES AL D.I.H. Infracciones relacionadas con bienes civiles Caso Extractora Patuca (procesadora de palma africana, Ciénaga, Magdalena) Consejo de Estado, Sección Tercera Subsección B Sentencia de 30 de abril de 2014, Rad. 32569 M. P. Danilo Rojas Betancourth El 5 de enero de 1999, miembros de un grupo armado ilegal irrumpieron en las instalaciones de la sociedad Extractora Patuca Ltda. que tenía en funcionamiento una planta procesadora de aceite de palma africana y sus derivados, ubicada en la vereda de Tucurinca, municipio de Ciénaga (Magdalena). Los miembros del grupo armado ilegal dieron la orden a los trabajadores de desalojar y activaron explosivos, afectando las instalaciones y maquinaria de la extractora. Esta no volvió a funcionar desde ese día, debido a los daños ocasionados. Consideraciones jurídicas Se imputó el daño a la entidad porque ninguna de las pruebas allegadas por la entidad demandada demostró la presencia o intervención de la fuerza pública para evitar o contrarrestar el ataque guerrillero. Además, la ausencia de informes oficiales presentados por la Policía el día de los hechos confirmó que su actuación o presencia en el lugar fue nula. La sentencia también incluyó un análisis del contexto de conflicto armado en el municipio de Ciénaga, con lo cual se concluyó que se trataba de una zona de alta influencia guerrillera y paramilitar desde años antes de los hechos origen a la demanda. El aumento de delitos como homicidio, tortura, desaparición y pérdida de bienes muebles o inmuebles en los años 1997 y 1998; la crisis humanitaria generada por el fenómeno del desplazamiento forzado, con altos picos para los años 1996-1998, en especial el tipo de desplazamiento ante ataques indiscriminados que llevaron a la población a desalojar sus lugares de residencia por carecer de las garantías mínimas y protección a su vida e integridad; las quejas elevadas por la población de Ciénaga a la Defensoría del Pueblo; y los diagnósticos sobre la impunidad imperante en relación con el fenómeno del desplazamiento y la inacción estatal para la prevención de dichas violaciones fueron – dada su notoriedad – hechos conocidos por la fuerza pública. Sin embargo, la entidad no implementó medidas preventivas para proteger a la población ni intervino el día de los hechos para evitar o contrarrestar el ataque de la subversión. Sentido de la decisión Revocó la sentencia de primera instancia y, en su lugar, declaró la responsabilidad de la Nación- Ministerio de Defensa Nacional-Policía Nacional por las pérdidas parciales y totales de los bienes muebles e inmuebles ubicados en la Extractora Patuca Ltda., y los daños a la estructura del inmueble. Reparaciones Condenó al pago de perjuicios materiales, en las modalidades de daño emergente y lucro cesante, a favor de los demandantes. 493 Anterior Siguiente Contenido Inicio Vista Anterior Índice temático

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