Graves Violaciones

INFRACCIONES AL D.I.H. Cumplimiento de recomendaciones CIDH Caso Campos Guevara (desparición forzada - estudiante Universidad Nacional) Consejo de Estado, Sección Tercera, Auto de 7 de febrero de 2002, Rad. 21266 M. P. Alier Eduardo Hernández Enríquez Resolvió el recurso de apelación presentado contra el auto que decidió el incidente de liquidación de perjuicios a favor de los demandantes contra la Nación-Ministerio de Defensa-Policía Nacional, en virtud del cumplimiento del informe n.° 1/92 del 6 de febrero de 1992 elaborado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el Caso n. ⁰ 10.235 seguido contra Colombia, por los siguientes hechos: El 23 de agosto de 1982, fue desaparecido Gustavo Campos Guevara estudiante de la Universidad Nacional. El joven salió de su casa con rumbo al centro educativo y jamás regresó. Solo se supo que estaba en una instalación militar por una llamada telefónica hecha a su familia. Gustavo Campos Guevara estudiaba ingeniería de sistemas de la Universidad Nacional. Un año antes, en octubre de 1981, Gustavo Campos Guevara fue detenido por personal del F 2 junto con toda su familia, momentos después de que hubo una explosión en cercanías de su residencia. La familia Campos Guevara fue sindicada de fabricar bombas, pero posteriormente fue dejada en libertad. A partir de esa fecha Gustavo Campos Guevara fue objeto de seguimiento por parte del personal del F 2, en el que se incluía el mismo agente que lo había detenido en 1981. El 10 de septiembre de 1982, la familia de Gustavo Campos Guevara recibió una llamada telefónica en la que, con voz entrecortada, Gustavo Campos Guevara manifestaba estar bien, sin dar a conocer su paradero. Días después se recibió otra llamada en la que un hombre, quien se identificó como un exagente de la inteligencia militar, expresó que el muchacho se encontraba en una dependencia militar. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos declaró que el Gobierno de Colombia ha incumplido con su obligación de respetar y garantizar los artículos 4º (derecho a la vida), 5º (derecho a la integridad personal), 7º (derecho a la libertad personal) y 25 (sobre protección judicial), en conexión con el artículo 1.1., consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, de la cual Colombia es Estado Parte, respecto del secuestro y posterior desaparición de Gustavo Campos Guevara, entre otros. Consideraciones jurídicas El análisis de la segunda instancia se limitará a la solicitud de exclusión de la indemnización del daño moral al cuñado y sobrinas de la Gustavo Campos Guevara por ser ese el único argumento del recurso de apelación propuesto por la entidad demandada. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sostenido que el daño moral sufrido como consecuencia de la vulneración a derechos humanos se presume, dada la naturaleza de las violaciones, así como del hecho de que es propio de la naturaleza humana que toda persona sometida a agresiones y vejámenes experimente un sufrimiento moral. También se ha entendido que en la medida en que las víctimas hayan sufrido, también lo harán sus familiares, de allí que la gravedad e intensidad del sufrimiento causado a las víctimas 499 Anterior Siguiente Contenido Inicio Vista Anterior Índice temático

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