Graves Violaciones

INFRACCIONES AL D.I.H. Cumplimiento de recomendaciones CIDH - Emitir un comunicado de prensa informando a la opinión pública en general que María Margarita Giraldo Úsuga era parte de la población civil y fue víctima del conflicto armado interno. - Enviar copia de la sentencia a la Fiscalía General de la Nación para que determine lo relativo a la responsabilidad. - Remisión de esta decisión a la Presidencia de la Corte Constitucional para los fines pertinentes. - Remitir, por conducto de los canales diplomáticos pertinentes, copia de esta decisión a la Comisión y a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. - En caso de no ser suficientes los recursos internos, exhortar al Estado colombiano para que acuda al Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. - Reiteración a la entidad demandada del cumplimiento imperativo de las medidas provisionales dictadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y los fallos de la Corte Constitucional. - Ordenar a la entidad demandada la implementación de planes, procedimientos, cursos o capacitaciones efectivas el personal militar sobre el respeto de los Derechos Humanos, el Derecho Internacional Humanitario y las medidas provisionales y sentencias que ordenan medidas de protección a los derechos a la vida e integridad, y libertad personal a favor de la Comunidad de Paz de San José de Apartadó. - Exhortar a la Defensoría del Pueblo para que en 30 días informe de las investigaciones por la violación del derecho internacional humanitario y de los derechos humanos. Aclaración de voto del Magistrado Guillermo Sánchez Luque: Prueba de la responsabilidad por contexto - Elementos de la responsabilidad patrimonial del Estado debenestarplenamenteacreditados paradeclararla. Remisióndela sentencia a organismos internacionales - Interfiere con la competencia del Presidente de la República. Prelación de fallo - Reiteración aclaración de voto 51388/2015. Control oficioso de convencionalidad - Reiteración aclaración de voto 38039/2016. Posición de garante - Reiteración salvamento de voto 33494/2016. Posición de la víctima como eje de la responsabilidad patrimonial del Estado - Reiteración aclaración de voto 36305/2016. Principio de precaución - Reiteración aclaración de voto 48995/2016. Medidas no pecuniarias de reparación - Reiteración salvamento de voto 48842/2016. 508 Anterior Siguiente Contenido Inicio Vista Anterior Índice temático

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