Graves Violaciones
GRAVES VIOLACIONES A LOS D.D.H.H. Violaciones al derecho a la vida Homicidio Caso Marín García (policía asesinado por el ELN) Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección C Sentencia de 1º de febrero de 2012, Rad. 21274 M. P. Jaime Orlando Santofimio Gamboa El 25 de marzo de 1992, el agente de policía Luis Alberto Marín García fue asesinado por miembros del grupo insurgente ELN cuando se movilizaba en un vehículo de transporte público del municipio de Ocaña al de San Calixto, Norte de Santander, cuando atendia una orden de traslado a otra estación de policía. Consideraciones jurídicas La responsabilidad del Estado fue declarada por la violación de la posición de garante institucional de la demandada, por la creación de la situación objetiva de riesgo. El Estado estaba llamado a precaver o prevenir la amenaza que representaba el traslado o desplazamiento del agente Luis Alberto Marín García entre Ocaña y San Calixto, a quien envió sin haber valorado las condiciones y garantías de seguridad que le eran exigibles. Sentido de la decisión Modificó la sentencia de primera instancia, que condenó al Estado a reparar los perjuicios a los demandantes en el sentido de tasar los perjuicios morales en salarios mínimos legales mensuales vigentes. Reparaciones Reconoció perjuicios morales a favor de los padres de la víctima. Ordenó a la Fiscalía General de la Nación que en un término no superior a treinta días informe acerca de la investigación penal por el homicidio. Ordenó al Director General de la Policía Nacional que mediante una circular se informe y se actualice la forma en que deben aplicarse los procedimientos para la realización de los desplazamientos. Ordenó realizar un curso en el Departamento de Policía de Norte de Santander dirigido a los oficiales y suboficiales que ofrezca la formación relacionada con los deberes de losmiembros de la fuerza pública en tiempos de conflicto armado. Ordenó que el Estado, si lo considera, por los canales adecuados, solicite ante las instancias internacionales de protección de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario la investigación de las violaciones a los derechos humanos por parte del ELN. Aclaración de voto de la Magistrada Olga Mélida Valle de De La Hoz: No comparte la asimilación que se hace de la calidad ciudadano-policía con la de ciudadano- soldado por cuanto deben diferenciarse los riesgos que se asumen en cada uno de ellos. Al establecer unos criterios objetivos para su tasación, se está desconociendo la facultad discrecional del juez. 59 Anterior Siguiente Contenido Inicio Vista Anterior Índice temático
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