Graves Violaciones
GRAVESVIOLACIONES A LOSD.D.H.H. Violaciones al derecho a lavida Homicidio Caso Soto Córdoba (alcalde amenazado) Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección C Sentencia de 27 de enero de 2016, Rad. 34431 M. P. Olga Mélida Valle de De La Hoz Misael Soto Córdoba se desempeñaba como Alcalde del municipio del Alto Baudó, en el departamento del Chocó, pero debido a la delicada situación de orden público y por ausencia de la fuerza pública, ejercía sus funciones, debidamente autorizado para ello, desde la capital del departamento. El 23 de noviembre de 1998, Misael Soto Córdoba se desplazó sin acompañamiento de la fuerza pública al municipio del cual era Alcalde. Transcurridos dos días y a breves minutos de su partida a Quibdó, sufrió un atentado contra su vida e integridad personal y falleció junto con el Secretario de Hacienda, Daniel Rengifo. Consideraciones jurídicas Se estudió lo referente al derecho a la seguridad personal como derecho fundamental y se analizó la responsabilidad del Estado por omisión en el deber de protección de la vida y la integridad personal. Se pudo evidenciar una falla en el servicio por parte de las demandadas, más aun cuando el burgomaestre solicitó insistentemente protección. Existió una exposición voluntaria al riesgo por parte del señor Alcalde y su Secretario, por lo que hubo una cocausación del daño, esto es, concurrencia de culpas. Sentido de la decisión Modificó la sentencia de primera instancia en el sentido de ordenar el pago del 50% de los perjuicios reconocidos. Reparaciones Reconoció perjuicios morales a favor de los padres, compañera permanente, hijos y hermanos de la víctima. Condenó al pago de perjuicios materiales, en la modalidad de lucro cesante, a favor de la compañera permanente e hijos de la víctima. Aspectos procesales y probatorios relevantes Se declaró como sucesor procesal del DAS a la Unidad Nacional de Protección, teniendo en cuenta que la función de protección a Alcaldes fue trasladada a la Unidad Nacional de Protección, de conformidad con el artículo 18 del Decreto 4057 de 2011. Otras providencias: - Sentencia de 26 de enero de 2011, Rad. 18617, M.P. Stella Conto Díaz del Castillo. - Sentencia de 12 de junio de 2014, Rad. 27216, M.P. Olga Mélida Valle de De La Hoz. - Sentencia de 28 de mayo de 2015, Rad. 33603, M.P. Ramiro Pazos Guerrero, A.V.Magistrado Danilo Rojas Betancourth. 92 Anterior Siguiente Contenido Inicio Vista Anterior Índice temático
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