Revista Temas de Derecho Constitucional

200 Revista Temas de Derecho Constitucional recoge el derecho al asilo y que, a partir de eso, se podríanhacer importantes desarrollos en normas secundarias o interpretaciones que protejan de manera amplia ese derecho. M) Paraguay Constitución de la República del Paraguay de 1992 Artículo 43. “El Paraguay reconoce el derecho de asilo territorial y diplomático a toda persona perseguida por motivos o delitos políticos o por delitos comunes conexos, así como por sus opiniones o por sus creencias. Las autoridades deberán otorgar de inmediato la documentación personal y el correspondiente salvoconducto. Ningún asilado político será trasladado compulsivamente al país cuyas autoridades lo persigan.” De esta norma constitucional, se pueden establecer como principios o lineamientos mínimos generales que se deberán observar por el legislador ordinario al hacer desarrollos normativos o por los jueces al concretar el contenido del derecho de asilo y refugio, que: - El derecho de asilo territorial es un derecho de toda persona • El derecho de asilo diplomático es un derecho de toda persona • Las causas que dan origen a esos derechos son: • Motivos políticos • Delitos políticos • Delitos comunes conexos a delitos políticos • Opiniones • Creencias Las personas que ejercen este derecho tienen algunas garantías reforzadas: Contar de inmediato con documentación personal Contar de inmediato con el correspondiente salvoconducto No ser trasladada compulsivamente al país en donde se le persiga. Como se observa, en Paraguay se sigue de manera muy estricta la “tradición de asilo latinoamericana” del asilo territorial y diplomático. Lo interesante en este caso es, como se garantizan ambos a toda persona, ya que eso sin duda alguna debería incluir a quienes tengan la nacionalidad paraguaya y, en algunos casos del asilo diplomático, parecería que podría generar complejas controversias al preverse para la protección de los nacionales en territorio extranjero, antes que el asilo, la protección consular 22 . 22 Véase la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 24 de abril de 1963, que entró en vigor el 19 de marzo de 1967.

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