Revista Temas de Derecho Constitucional

211 INTRODUCCIÓN Los extranjeros han sido reconocidos como sujetos de protección, no por virtud del vínculo político que exista con el Estado Colombiano, sino por el hecho de ser personas. En atención a esta protección, tienen la posibilidad de reclamar la garantía de sus derechos subjetivos, cuyo ejercicio no depende del criterio de nacionalidad o ciudadanía. En particular, la satisfacción de los derechos Económicos, Sociales y Culturales (en adelante, DESC) de los extranjeros representa un gran reto para el Estado Colombiano, sobre todo con ocasión al fenómeno migratorio. Para dar una respuesta acorde con los principios constitucionales y compromisos internacionales adquiridos por Colombia, el legislador ha adoptado, en forma progresiva, medidas para permitir a los extranjeros ejercer sus derechos en iguales condiciones que los nacionales colombianos. Sin embargo, estos mecanismos no han sido suficientes para asegurar los estándares mínimos de los DESC, dado que su demanda de satisfacción proviene tanto de extranjeros en condiciones regulares, como de aquellos que se encuentran en situación irregular en el territorio, últimos que se encuentran en situación de vulnerabilidad extrema. Respecto a la garantía de los DESC de los extranjeros que habitan en el territorio nacional, la jurisprudencia constitucional ha tenido un rol decisivo, por cuanto ha definido su alcance y contenido por dos vías. Por una parte, mediante la acción de constitucionalidad, se ha pronunciado sobre el derecho al trabajo y de asociación sindical. De otra parte, por medio de la resolución de asuntos relativos a acciones de tutela, se ha manifestado sobre el derecho a la educación, el derecho a la salud en sus componentes de afiliación, concepto de urgencias y prestación del servicio en eventos de trasplantes y atención de mujeres gestantes, menores de edad y personas con VIH y cáncer. Este artículo tiene como objetivo presentar, en primer lugar, la posibilidad de ejercicio de la acción de tutela por parte de extranjeros que solicitan la protección de sus derechos fundamentales, por virtud de la cual la Corte Constitucional ha tenido la oportunidad de pronunciarse sobre el alcance y contenido de Derechos Económicos, Sociales y Culturales como el trabajo, la educación y la salud. Luego, se expondrán los derechos y deberes de los extranjeros como fundamento de la obligación estatal de atender las contingencias que afectan el goce de las condiciones de vida de esta población. Posteriormente, se reseñaran los casos en que la Corte Constitucional se ha pronunciado sobre los DESC de los extranjeros en condición de regularidad e irregularidad migratoria en aspectos relativos, principalmente, al derecho a la salud. Así mismo, se expondrán las reglas jurisprudenciales fijadas por la Corte Constitucional

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