Revista Temas de Derecho Constitucional
31 La obligatoriedad de la definición de refugiado de la Declaración de Cartagena en el derecho internacional general, se acepta que una norma de derecho internacional consuetudinario incluye los dos elementos: 1) la práctica común y reiterada (elemento material) y; 2) la opinio iuris (elemento psicológico), que es la aceptación de esa práctica como derecho (Moncayo et al., 1987, pp. 82–83). Ninguno de estos elementos forma parte de un procedimiento jurídicamente establecido para crear normas consuetudinarias, sino que se trata de una técnica que los tribunales utilizan para reconocer la existencia de determinada norma (Barberis, 1994, p. 83). La concurrencia de un solo elemento constitutivo no es suficiente para concluir la existencia de una norma de derecho internacional consuetudinario. Así, la práctica sin aceptación como derecho ( opinio iuris ), aunque sea generalizada y constante, solo puede tener un uso no vinculante. A la inversa, la opinión acerca de que algo es (o debe ser) derecho, si no cuenta con respaldo en la práctica, es una mera aspiración. Deben darse ambas condiciones a la vez para establecer la existencia de una norma consuetudinaria (ONU, 2016, para. 91), siendo necesario examinar lo que los Estados hacen en realidad y establecer si reconocen una obligación o un derecho de actuar de un modo determinado (ONU, 2016, para. 90). 2.1. DERECHO INTERNACIONAL CONSUETUDINARIO GENERAL 2.1.1. Práctica general Es principalmente la práctica de los Estados la que contribuye a la formación o expresión de las normas de derecho internacional consuetudinario 4 . Sin embargo, en algunos casos, la práctica de las organizaciones internacionales puede contribuir a la formación o, en su caso, a la expresión de las normas consuetudinarias 5 . La negociación de resoluciones por organizaciones o conferencias internacionales, así como las explicaciones de votos emitidos, son actuaciones que implican a los Estados, al igual que las declaraciones efectuadas por los Estados durante los debates para redactar tales resoluciones. Luego, aunque las resoluciones no sean vinculantes, puede concedérseles cierto valor dependiendo de su contenido, grado de aceptación y de su coherencia con la restante práctica estatal 6 . Enelámbitodelderechointernacionalconsuetudinariohumanitario,sehanconsiderado como prácticas relevantes las declaraciones oficiales del CICR referentes al derecho internacional humanitario, por tratarse de una institución que tiene personalidad jurídica internacional 7 . En sentido análogo, en el ámbito del derecho internacional de refugiados, es importante prestar especial atención a las declaraciones oficiales del ACNUR sobre la definición regional y la Declaración de Cartagena, así como a la práctica 4 Military and Paramilitary Activities in and against Nicaragua (Nicaragua v. United States of America). Merits., I.C.J. Reports 1986, p. 14 párrafo 183. 5 ONU, «Informe de la Comisión de Derecho Internacional, Capítulo V, Identificación del derecho internacional consuetudinario», 83-84; Reservations to the Convention on the Prevention and Punishment of the Crime of Genocide. Advisory Opinion. (International Court of Justice 28 de mayo de 1951). 6 Jean-Marie Henckaerts y Louise Doswald-Beck, El Derecho Internacional Humanitario Consuetudinario, trad. Margarita Serrano García, Primera, vol. 1 (Normas) (Buenos Aires, Argentina: Comité Internacional de la Cruz Roja, 2007), XL,XLI. 7 Henckaerts y Doswald-Beck, 1 (Normas):XL.
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