Revista Temas de Derecho Constitucional

360 Revista Temas de Derecho Constitucional fundamentales en casos muy excepcionales, en los cuales una tutela “no estructural” u ordinaria no es suficiente en aras de proteger estos derechos, sobre todo en los casos de algunos derechos prestaciones. 2. LAS SENTENCIAS ESTRUCTURALES EN LA ACTUACIÓN DE LAS CORTES O TRIBUNALES CONSTITUCIONALES Esta tipología de sentencias tiene su origen en el derecho anglosajón 4 . En el caso de Estados Unidos, la fuente del litigio complejo inició con casos de discriminación sistémica (racial) y se ha extendido a otros ámbitos como la salud o el sistema carcelario. A través de las structural injunctions las Cortes de EE. UU. persiguen concretar la reorganización de una institución social y reparar a través de dicha reforma organizacional el daño que las propias agencias públicas pueden producir al violar ciertos derechos constitucionales. Los elementos comunes al litigio de derecho público referido y que culmina con sentencias estructurales son: 1. afectan a un gran número de personas que por si mismas o mediante organizaciones que las representan en juicio alegan violaciones de sus derechos; 2. involucran a varios órganos públicos, responsables de las fallas persistentes de la política pública que contribuyen a esas violaciones de derechos; 3. implican requerimientos judiciales de carácter estructural, es decir, ordenes de cumplimiento obligatorio por las cuales los tribunales instruyen a esos organismos públicos para que actúen de forma coordinada a fin de proteger a toda la población afectada y no sólo a los demandantes específicos del caso 5 . En las sentencias estructurales el juez constitucional va más allá de resolver el caso concreto, pues ante la existencia de problemas generales y reiterados que implican violaciones sistemáticas de derechos fundamentales en contra de un número indeterminado de personas lleva a cabo un esfuerzo por darle efectividad y fuerza normativa a la Constitución. Los jueces al comprobar, por su experiencia, que hay unas causas estructurales (de ahí el nombre de la sentencia) que de modo sistemática producen ese déficit de derechos humanos, y que los casos que llegan a sus despachos, si se resuelven apenas como remedios individuales, no logran subsanar la problemática que se advierte en cada uno de los expedientes 6 . En este sentido, la Sala Constitucional ha precisado que con este tipo de resoluciones: “ va más allá del caso concreto de asegurar la protección individual de la persona recurrente, pues se desprende que la causa de la infracción o vulneración del derecho a la salud se dan por problemas estructurales, los cuales no son hechos aislados, ya que de forma reiterada y continua se violenta los mismos derechos a un número indeterminado 4 RODRÍGUEZ, César. Beyond the Courtroom: The Impact of Judicial Activism on Socioeconomic Rights in Latin America . En Texas Law Review. Vol. 89, 2011, p. 1669-1698. 5 RODRIGUEZ, Cesar y RODRIGUEZ Diana. Juicio a la exclusión. El impacto de los tribunales sobre los derechos sociales en el sur global. Ed. Siglo XXI, Buenos Aires, 2015, p. 25. En https://www.dejusticia.org/wp-content/ uploads/2017/04/fi_name_recurso_758.pdf 6 OSUNA Néstor. Las sentencias estructurales. Tres ejemplos de Colombia, p. 91. En BAZÁN Víctor y STEINER Christian (coordinadores). Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales. La protección de los derechos sociales. Las sentencias estructurale s, número 5. Ed. Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Konrad – Adenauert – Stiftug, Bogotá. 2015.

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