Revista Temas de Derecho Constitucional

40 Revista Temas de Derecho Constitucional En 2014, la Sala Constitucional se refiere a la definición de refugiado como aquella brindada por la Convención de 1951 y la Declaración de Cartagena 61 . La Sala I de la Corte Suprema también se expidió sobre la aplicabilidad de la definición regional. En 2010, sostuvo que cuando resuelve una solicitud de asilo, la Administración debe proceder con suma cautela y analizar los elementos del caso para cumplir con el fin que persigue la Convención de 1951, la Declaración de Cartagena y la Declaración de San José 62 . En 2012, la Sala I rechazó un recurso porque la persona no precisó concretamente en qué forma resultaba aplicable la definición regional a su solicitud 63 . D) Asamblea General (OEA) A través de las resoluciones de la Asamblea General (OEA), los países latinoamericanos también han evidenciado la existencia de una práctica estatal de brindar protección a los refugiados con base en la Declaración de Cartagena, así como su visión sobre la vigencia, importancia y aún la validez jurídica de la definición regional ( opinio iuris ). Entre los años 1985 y 2015, la Asamblea General celebró 31 sesiones ordinarias, adoptando 28 resoluciones sobre refugiados. En 2005, 2013 y 2015 no se aprobaron resoluciones sobre este tema, en tanto que las resoluciones sobre derechos humanos aprobados en 2016, 2017 y 2019 incluyeron breve apartados sobre la protección de los refugiados. Veinticuatro de las treinta resoluciones aprobadas se refirieron expresamente a la Declaración de Cartagena. Por más de 30 años, la Asamblea General ha venido destacando la importancia de la Declaración de Cartagena y poniendo de relieve las manifestaciones de apoyo de los Estados a sus principios. La Asamblea ha calificado a la Declaración como una guía que orienta la protección de los refugiados en la región, y también sostenido que contiene un verdadero marco jurídico . De igual modo, las resoluciones de la Asamblea han reconocido que, con base en la Declaración,muchos refugiados recibieronprotección y asistencia en la región, y que sus principios han sido aplicados con resultados positivos en América Latina, especialmente en el contexto de CIREFCA. Por otro lado, la Asamblea ha recomendado la adopción de normativa interna que tenga en consideración la práctica estatal y doctrina regional sobre protección de refugiados. También ha brindado su apoyo a las Declaraciones y Planes de Acción resultantes de los procesos conmemorativos de la Declaración de Cartagena. Así, por ejemplo, la resolución sobre derechos humanos (2016) resaltó la importancia de la Declaración y del Plan de Acción de Brasil, y reafirmó el compromiso de los Estados Partes en la Convención de 1951 y su Protocolo de 1967 de “implementar plena y efectivamente 61 Costa Rica, Sentencia 04316, No. Expediente: 140026680007CO (Corte Suprema de Justicia, Sala Constitucional 28 de marzo de 2014). 62 Costa Rica, Sentencia 00684, No. Expediente 09-001196-1027-CA (Corte Suprema de Justicia, Sala I 6 de septiembre de 2010). 63 Costa Rica, Sentencia 00349, No. Expediente: 09-002387-1027-CA (Corte Suprema de Justicia, Sala I 14 de marzo de 2012).

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