OBJETO DE LA LEY

Brindar una ruta diferencial a la mujer que, habiendo hecho parte de un grupo armado, se decide por dejar las armas y volver a la vida civil, creando un camino específico para la mujer desmovilizada y reincorporada.

Objetivo Principal

Fomentar el pleno empleo, productivo, libremente elegido y el trabajo decente con vocación de permanencia para promover la paz, evitar la crisis y ayudar a la recuperación de las sociedades afectadas.

TÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1°
Objeto
Artículo 2°
Definiciones
Artículo 3°
Enfoque de género e interseccionalidad
TÍTULO II - PROGRAMA DE TRÁNSITO ESPECIAL PARA MUJERES
Artículo 4°
Creación del programa
Artículo 5°
Diseño, reglamentación e implementación
Artículo 6°
Obligación de rendición de cuentas
TÍTULO III - FORMALIZACIÓN LABORAL
Artículo 7°
Importancia del empleo
Artículo 8°
Certificado de empleo para la paz
TÍTULO IV - DISPOSICIONES FINALES
Artículo 9°
Vigencia
INSTITUCIONES RESPONSABLES
ARN

Agencia para la Reincorporación y Normalización

Diseño, reglamentación e implementación del programa de tránsito especial
1 año para implementar
MINTRABAJO

Ministerio del Trabajo

Certificado de empleo para la paz (mín. 10% vinculación)
6 meses para protocolos

CONGRESO

Comisión Legal para la Equidad de la Mujer

Rendición de cuentas anual sobre avances de implementación
Seguimiento anual
HOJA DE RUTA DE IMPLEMENTACIÓN
PROMULGACIÓN

17 de Julio 2025

✓ Completado
PROTOCOLOS MINTRABAJO

Enero 2026

En progreso
IMPLEMENTACIÓN ARN

Julio 2026

Planificado
PRIMERA RENDICIÓN

Julio 2027

Futuro