Promover entornos digitales sanos y seguros para los niños, niñas y adolescentes del país, a través del desarrollo de una política pública que articule esfuerzos entre diferentes entidades del gobierno, los padres de familia, las empresas privadas, las organizaciones sin ánimo de lucro y la sociedad en general, con la finalidad de impulsar procesos de prevención y educación de los riesgos en línea, promoción de hábitos saludables en el manejo de la tecnología y garantía de sus derechos.
La familia, la sociedad, las empresas privadas, las organizaciones sin ánimo de lucro y el Estado son corresponsables en la atención, cuidado y protección de niños, niñas y adolescentes.
Las decisiones adoptadas deben contemplar el interés superior de los niños, niñas y adolescentes conforme al artículo 44 de la Constitución Política.
Reconocimiento como sujetos de derechos, garantía y cumplimiento de los mismos, prevención de amenazas o vulneraciones y seguridad de su restablecimiento inmediato.
La dirección y orientación impartidas deben garantizar que todos los niños tengan acceso a sus derechos y a un adecuado desarrollo físico, mental, intelectual, emocional y social.
Las medidas deben ser proporcionales a los riesgos, basadas en evidencia, efectivas, equilibradas y formuladas para maximizar oportunidades y beneficios.
La seguridad de la información y protocolos digitales deben estar basados en el respeto a los derechos humanos, reconociendo a las personas como sujetos principales de la seguridad en línea.
Acceso justo y beneficioso al mundo digital, previniendo discriminación por sexo, género, discapacidad, religión, origen étnico o situación socioeconómica.
Medidas para que no enfrenten ciberagresión, ciberacoso, explotación y abusos sexuales, comercio ilegal o violencia de cualquier tipo en línea.
Desarrollo de la personalidad y educación digital con las oportunidades que las nuevas tecnologías aportan para su desarrollo individual sano.
Derecho a buscar, recibir y difundir información e ideas por medio de entornos digitales seguros con acompañamiento de padres y tutores.
Uso del mundo digital para promover la participación de la niñez en asuntos relevantes, asegurando que sus opiniones sean tomadas en cuenta.
Medidas para que niños con discapacidad disfruten de acceso completo y equitativo a entornos digitales con tecnologías adaptadas.
Promover entornos digitales sanos y establecer políticas de uso seguro
Lineamientos pedagógicos para ciudadanía digital en instituciones educativas
Mediar, orientar y supervisar el uso responsable de tecnología
Proteger privacidad y promover prácticas éticas en diseño de software
Publicación de la Ley
Ley 2489 de 2025 entra en vigencia el 17 de julio de 2025
Reglamentación
El Gobierno nacional debe reglamentar la ley dentro de los 6 meses siguientes a su entrada en vigencia
Creación del Comité
Conformación del Comité Nacional de Tecnología, Niñez y Adolescencia liderado por MinTIC
Informes Anuales
MinTIC y MinEducación deben presentar informes anuales a las Comisiones Sextas del Congreso
Implementación
Establecimiento del Sistema Integral de Monitoreo y Evaluación para protección en entornos digitales