La presente ley tiene por objeto el reconocimiento de los deportes electrónicos (eSports) como una de las formas en las que se desarrolla el deporte en Colombia, incluyéndose dentro del Sistema Nacional del Deporte según lo establecido en la Ley 181 de 1995, con el fin de fomentar su desarrollo organizado, la protección de los deportistas y la promoción de valores asociados al deporte.
Forma de competencia, aficionada o profesional mediante la utilización de videojuegos, ejecutadas por medio de equipos tecnológicos como consolas, celulares y/o computadores. Los jugadores compiten de forma individual o grupal siguiendo unas reglas establecidas.
Juegos de video por computador, simuladores, consolas de videojuegos, y/o cualquier otro instrumento que utilice imágenes visuales electrónicas. Debe permitir que los deportistas compitan en igualdad de condiciones, excluyendo modelos "Pay to Win".
Persona natural que practica el deporte electrónico de manera recreativa y/o competitiva por medio de videojuegos o eSport.
Lidera la implementación, actualización normativa y desarrollo de políticas para eSports.
Desarrollo de software, hardware y tecnologías para la práctica de deportes electrónicos.
Fomento educativo y desarrollo de actividades asociadas a los eSports.
Guías de prevención en salud mental y física para videojugadores.
Promoción cultural y artística de los deportes electrónicos.
Fomento de emprendimientos asociados al área de eSports.