🚜
🌾
💰
🤝
🌱
🐄
👨‍🌾
🏡

Ley 2514 de 2025

Alivio Financiero para Productores Agropecuarios

Promulgada el 31 de julio de 2025

Objeto de la Ley

Artículo 1º - Propósito Principal

La presente ley tiene por objeto adoptar medidas con el fin de aliviar las obligaciones financieras de pequeños y medianos productores agropecuarios deudores del Programa de Reactivación Agropecuaria (PRAN) y del Fondo de Solidaridad Agropecuaria (FONSA).

Medidas de Alivio Financiero

Alivio Especial FONSA y PRAN

Artículo 2º: Los deudores con obligaciones al 31 de diciembre de 2022 del FONSA y PRAN podrán extinguir sus obligaciones bajo condiciones reglamentadas por el Gobierno Nacional.

Plazo de extinción: Un año y seis meses desde la promulgación de la ley.

Costas judiciales: PRAN y FONSA asumirán todas las costas judiciales, honorarios y valores por concepto de seguro causados durante el plazo establecido.

Abonos a capital: Los deudores que hayan realizado abonos podrán extinguir sus obligaciones cancelando la diferencia entre el monto inicial y los abonos realizados.

Suspensión del cobro judicial

Artículo 3º: Finagro o la entidad administradora se abstendrá de adelantar cobro judicial por un año y seis meses.

Suspensión: Se suspenden las acciones de cobro y los términos de prescripción durante este período.

Excepción: No aplica para obligaciones en procesos concursales y acuerdos de reestructuración empresarial.

Definiciones y alcance

Pequeño y mediano productor

Artículo 4º: Según lo establecido por la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario (CNCA) al momento de adquisición del crédito.

Programas incluidos

PRAN: Programa de Reactivación Agropecuaria

FONSA: Fondo de Solidaridad Agropecuaria


Fecha de corte

Obligaciones vigentes al 31 de diciembre de 2022 son elegibles para los beneficios de esta ley.

Programa de Alivio Ampliado

Artículo 5º - Modificación Ley 2071 de 2020

Se modifica el artículo 8° para crear un Programa de Alivio a las Obligaciones Financieras y no financieras para cadenas priorizadas.

Beneficiarios:
  • Pequeños y medianos productores agropecuarios
  • Créditos en mora antes del 31 de diciembre de 2022
  • No aplica para quienes tienen obligaciones vigentes en FONSA
Deudas Incluidas:
  • Financieras: Créditos en condiciones Finagro
  • No financieras: Acreencias con asociaciones, cooperativas y agremiaciones legalmente reconocidas
Restricciones:

Los beneficiarios de FONSA no pueden acceder simultáneamente a este programa.

Entidades involucradas

Gobierno Nacional

Reglamentación y definición de modalidades

Ministerio de Agricultura

Reglamentación y seguimiento


Finagro

Administración de carteras


CNCA

Clasificación de productores