80 UNIVALLE
República de Colombia · Congreso
4 de agosto de 2025
Ley 2527

Por medio de la cual la Nación se vincula a la celebración de los 80 años de existencia de la Universidad del Valle

y la celebración de 40 años de funcionamiento de su sistema de regionalización, y se dictan otras disposiciones.

🎓 80 Años Univalle Creada mediante Ordenanza N° 12 del 11 de junio de 1945 🌐 40 Años Regionalización Sistema creado mediante Acuerdo N° 008 del 15 de septiembre de 1986 💰 $100.000M COP Recursos autorizados para 5 vigencias fiscales 📋 6 Artículos Ley concisa con disposiciones claras y vigentes
Explorar

Objeto de la Ley

Contenido fiel y tácito del articulado legal conforme a su publicación en el Diario Oficial N.° 53.204 del 6 de agosto de 2025.

01
Vinculación Nacional · 80 Años

La nación colombiana se asocia a la celebración de los ochenta (80) años de vida jurídica de la Universidad del Valle, creada mediante Ordenanza número 12 del 11 de junio de 1945, expedida por la honorable Asamblea del departamento de Valle.

Artículo 1°
02
Sistema de Regionalización · 40 Años

La nación colombiana se asocia a la próxima celebración de cuarenta años de su sistema de regionalización creado mediante Acuerdo número 008 de septiembre 15 de 1986.

Artículo 2°
03
Reconocimiento a la Comunidad Universitaria

Exáltense las virtudes de sus directivos, docentes, personal administrativo, estudiantes, egresados, pensionados y, en general, de toda la comunidad universitaria, por sus aportes valiosos al progreso de la región y del país.

Artículo 3°
04
Autorización Presupuestal

Se autoriza al Gobierno nacional para incorporar dentro del Presupuesto General de la Nación, correspondiente a las cinco (5) vigencias fiscales siguientes, partidas para financiar proyectos de infraestructura, dotación, bienestar universitario, investigación y extensión hasta por cien mil millones de pesos ($100.000.000.000).

Artículo 4°
05
Apropiaciones Presupuestales

Se autoriza al Gobierno nacional para efectuar las apropiaciones presupuestales necesarias. Las autorizaciones de gastos se incorporarán en el Presupuesto General de la Nación conforme a las normas orgánicas en materia presupuestal, priorizando la reasignación de recursos existentes sin aumentar el presupuesto.

Artículo 5°
06
Vigencia y Derogatorias

La presente ley rige a partir de la fecha de su sanción y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

Artículo 6°

Cifras clave

0 años
Universidad del Valle Vida jurídica desde 1945
0 años
Regionalización Sistema creado en 1986
0 vigencias
Vigencias Fiscales Para ejecución de recursos
$0mil M COP
Presupuesto Autorizado Cien mil millones de pesos

Áreas de inversión autorizada

Las partidas presupuestales autorizadas deben destinarse a los siguientes rubros dentro del Plan de Desarrollo Institucional aprobado por el Consejo Superior de la Universidad del Valle.

Infraestructura

Proyectos de construcción, mejoramiento y adecuación de instalaciones físicas universitarias.

Autorícese al Gobierno nacional para que incorpore dentro del Presupuesto General de la Nación las partidas necesarias para financiar, dentro de los objetivos de su Plan de Desarrollo Institucional aprobado por el Consejo Superior de la Universidad del Valle, proyectos de infraestructura de la Universidad del Valle hasta por el valor de cien mil millones de pesos ($100.000.000.000).
Dotación

Adquisición de equipos, materiales, tecnología y recursos para el funcionamiento académico.

Las partidas autorizadas incluyen expresamente la dotación de la Universidad del Valle, conforme a los objetivos del Plan de Desarrollo Institucional aprobado por el Consejo Superior. (Art. 4°, Ley 2527 de 2025)
Bienestar Universitario

Programas y servicios orientados al bienestar integral de la comunidad universitaria.

El bienestar universitario es uno de los rubros expresamente autorizados en el artículo 4° de la Ley 2527 de 2025 para la financiación de proyectos de la Universidad del Valle.
Investigación

Fortalecimiento de capacidades investigativas, laboratorios y proyectos de ciencia y tecnología.

La investigación es un rubro autorizado expresamente en el artículo 4° de la Ley 2527 de 2025, dentro del marco del Plan de Desarrollo Institucional aprobado por el Consejo Superior de la Universidad del Valle.
Extensión

Proyectos de vinculación con la comunidad, transferencia de conocimiento y proyección social universitaria.

La extensión universitaria es el quinto rubro autorizado por el artículo 4° de la Ley 2527 de 2025, en concordancia con los artículos 288, 334, 341, 346, 356 y 357 de la Constitución Política y la Ley 715 de 2011.
Marco Constitucional

La ley se fundamenta en los artículos 288, 334, 341, 346, 356 y 357 de la Constitución Política de Colombia y en la Ley 715 de 2011.

"de conformidad con los artículos 288, 334, 341, 346, 356 y 357 de la Constitución Política, así como de las competencias establecidas en la Ley 715 de 2011." — Art. 4°, Ley 2527 de 2025.

Línea del tiempo

11 de junio · 1945

Fundación de la Universidad del Valle

Creada mediante Ordenanza número 12 expedida por la honorable Asamblea del departamento del Valle. Inicio de 80 años de vida jurídica e institucional.

15 de septiembre · 1986

Sistema de Regionalización

Creado mediante Acuerdo número 008 del Consejo Superior. Permitió extender la presencia de la universidad a diferentes regiones del Valle del Cauca y del país.

4 de agosto · 2025

Sanción de la Ley 2527 de 2025

Firmada por el Presidente Gustavo Petro Urrego, el Ministro de Hacienda y Crédito Público Germán Ávila Plazas y el Ministro de Educación Nacional José Daniel Rojas Medellín.

6 de agosto · 2025

Publicación en el Diario Oficial

La Ley 2527 de 2025 fue publicada en la edición 53.204 del Diario Oficial. La ley rige a partir de la fecha de su sanción.

2025 – 2030 (5 vigencias)

Ejecución Presupuestal Autorizada

El Gobierno nacional incorporará en el Presupuesto General de la Nación, durante las cinco (5) vigencias fiscales siguientes a la aprobación de la ley, los recursos hasta por $100.000.000.000 para los proyectos autorizados.

Recursos autorizados

Techo de Inversión Autorizado
$100.000M

Cien mil millones de pesos ($100.000.000.000) como techo máximo autorizado para financiar los proyectos universitarios durante las cinco vigencias fiscales.

Vigencias Fiscales de Ejecución
5 Años

Las partidas se incorporarán en el Presupuesto General de la Nación durante las cinco (5) vigencias fiscales siguientes a la aprobación de la presente ley.

Mecanismo de Incorporación · Art. 5°
Reasignación

En primer lugar, reasignando los recursos hoy existentes en cada órgano ejecutor, sin que ello implique un aumento del presupuesto. En segundo lugar, conforme a las disponibilidades de cada vigencia fiscal.

Referencia Constitucional
6 Arts.

La ley se sustenta en los artículos 288, 334, 341, 346, 356 y 357 de la Constitución Política, y en las competencias de la Ley 715 de 2011, de conformidad con el artículo 4°.