Protección de Datos Personales, anonimización y Seguridad de la Información
31 La Justicia mi aliada estratégica ← Volver a la tabla de contenidos Las Altas Cortes han tutelado el dere- cho a la protección de datos personales y el derecho a la intimidad, entre otros, cuando estos han sido vulnerados o pues- to en peligro, producto de la publicación de decisiones judiciales, en el marco del cumplimiento del principio de máxima publicidad, en el marco del derecho de acceso a la información pública. La Corte Suprema de Justicia ha ma- nifestado que “La sociedad demanda y requiere esa información. Si el Internet en el mundo moderno le permite a los ciudadanos, para disminuir los riesgos en la seguridad derivados de las relaciones humanas, verificar con solo teclear un nombre en un buscador si alguien con quien se quiere contratar, trabajar o tener una relación de pareja o de vecinos, apa- rece eventualmente relacionado con un hecho criminal y en realidad lo está pues en la Sala de Casación Penal se confirmó una condena en su contra y así aparece en su base de datos, mal se haría priván- dolos en todo tiempo de la posibilidad de alcanzar ese conocimiento, que es exacta- mente lo que se lograría si se condiciona la publicación de la decisión judicial a la supresión del nombre del procesado” (CSJ 20889 de 2015) . En este sentido, se abordarán aspectos relevantes que las altas cortes han mani- festado al respecto: 4.1. Reglamento de la Corte Constitu- cional en materia de anonimización El 10 de agosto de 2022, la Presidencia de la Corte Constitucional, publicó l a Cir- cular interna 10 de 2022, estableciendo 3 supuestos no taxativos, para omitir los nombres reales de las providencias. En es- tos casos, la Sala o el magistrado sustan- ciador pueden valorar otras situaciones. (Ver figura 5). LA JUSTICIA, MI ALIADA ESTRATÉGICA Cuando se haga referencia a su historia clínica u otra información relativa a la salud física o psíquica. Cuando se trate de niñas, niños o adolescentes, salvo aquellos datos de naturaleza pública. Cuando se pueda poner en riesgo el derecho a la vida e integridad personal o el derecho a la intimidad per- sonal y familia 1 2 3 ▶ Figura 5. Criterios para la anonimización por parte de la Corte Constitucional. Fuente: Elaboración propia. 4.2. Reglas de la Corte Suprema de Justicia para la anonimización de sus decisiones judiciales La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia ha dispuesto algu- nas reglas para el ocultamiento de infor- mación personal, a través de la Circular 004 de 2016, en especial, ha establecido: • Cuando se compruebe que judicial- mente se declaró cumplida o pres- crita la pena, se suprimirán de las bases de datos de acceso abierto los nombres de las personas condena- das, salvo en los eventos en que la ley obligue a conservar pública esa información en todo tiempo.
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