La presente ley tiene por objeto vincular a la Nación en la celebración del Bicentenario de la Universidad de Cartagena, en razón a su importancia como la institución de educación superior más antigua de la Región Caribe y su influencia en el desarrollo y progreso de la región y del país durante sus 200 años de actividad académica y cultural.
Autorícese al Gobierno nacional, para incorporar dentro del Presupuesto General de la Nación de las cinco vigencias fiscales posteriores a la aprobación de la presente ley, las apropiaciones presupuestales necesarias para vincularse y concurrir con otras instancias de financiación.
Las autorizaciones se incorporarán en el Presupuesto General de la Nación, reasignando los recursos existentes, sin que ello implique un aumento del presupuesto.
Intervención y restauración del Claustro de San Agustín, Claustro de la Merced y otros edificios históricos de la Universidad.
Creación y adecuación del Centro Tutorial de La Paz en el municipio de El Carmen de Bolívar.
Equipamiento y construcción de un laboratorio de simulación multipropósito en el Campus de Zaragocilla.
Ampliación y construcción de aulas y espacios deportivos en los campus de Piedra de Bolívar y Zaragocilla.
El Gobierno nacional y el Congreso de la República rendirán homenaje por el Bicentenario de la Universidad de Cartagena, con la presencia de:
Autorícese a la Radiotelevisión Nacional de Colombia (RTVC), la producción y emisión de un documental que reconstruya y resalte la importancia de la fundación y trayectoria de la Universidad de Cartagena.
La presente ley rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.