"Por medio de la cual se fortalece la Ley 1616 de 2013 y la política nacional de salud mental y se dictan otras disposiciones"
Artículo 1° - Propósito fundamental de la norma
Fortalecer la Política Nacional de Salud Mental mediante la participación comunitaria, intersectorial y enfoques complementarios, para garantizar el ejercicio pleno del Derecho a la Salud Mental de la población colombiana por medio de:
Fundamento constitucional: Artículo 49 de la Constitución Política de Colombia, en el ámbito del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Artículo 3° - 13 principios orientadores de la Política Nacional de Salud Mental
No discriminación por motivo de enfermedad o trastorno mental.
Prevención, atención integral y atención temprana de los trastornos mentales.
Protección especial de menores, personas con discapacidad y adultos mayores.
Garantía de reserva y protección de la información del paciente.
Intervención psicológica, farmacológica o social según necesidades y debido diagnóstico.
Fortalecimiento de la red, economía, eficiencia, acceso a información, innovación, derechos humanos, respeto profesional y diversidad.