Mistrató forma parte del paisaje cultural cafetero colombiano, reconocido por la UNESCO.
Patrimonio CulturalUbicado en las estribaciones de la Cordillera Occidental, con paisajes de montaña únicos.
Artículo 3° - TurismoHomenaje a las comunidades Embera Katío y Chamí que forjaron la historia del municipio.
Artículo 2° - HomenajeFortalecimiento de iniciativas culturales y artísticas desarrolladas en el municipio.
Artículo 3° - Literal jHomenaje a toda la población por sus aportes al desarrollo social, cultural y económico.
Artículo 2° - HomenajeConservación y protección del ambiente, gestión del sistema de acueducto municipal.
Artículo 3° - Literal fMejoramiento de vías terciarias y construcción de placas huellas del municipio.
Artículo 3° - Literales a, bFortalecimiento de la infraestructura turística del municipio.
Artículo 3° - Literal hPor medio de la cual la Nación y el Congreso de Colombia se vinculan a la conmemoración de los 100 años de fundación del municipio de Mistrató, en el departamento de Risaralda
Artículo 1° - Propósito fundamental de la normativa
El objeto de la presente ley es asociar y vincular a la Nación y al Congreso de Colombia para rendir homenaje al municipio de Mistrató, en el departamento de Risaralda, con motivo de la conmemoración de los 100 años de su fundación, que data del 18 de marzo de 1925, y autorizar al gobierno nacional para la destinación de presupuesto a favor de esta población.
Artículo 2° - Reconocimiento a la comunidad mistratense
Enaltézcase a toda la población del municipio de Mistrató, en el departamento de Risaralda, por sus grandes aportes al desarrollo social, cultural y económico a nivel municipal y departamental.
Reconózcase el legado y tradición de las comunidades indígenas Embera Katío y Chamí, aun existente en dicho territorio, que ayudaron a forjar la historia y fundación del municipio de Mistrató.
Artículo 3° - Inversiones autorizadas por el Gobierno Nacional
Autorícese al Gobierno nacional para que, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política y la ley, pueda incorporar y asignar en el Presupuesto General de la Nación las partidas presupuestales necesarias para desarrollar la financiación y ejecución de obras, proyectos y actividades de interés público y regional, en beneficio de la comunidad del municipio de Mistrató, con ocasión a sus 100 años de fundación.
Mejoramiento de vías terciarias del municipio.
Construcción de placas huellas.
Rehabilitación y/o construcción de infraestructura cultural y deportiva.
Apoyo e impulso de emprendimientos de mujeres y jóvenes del municipio.
Adecuación, dotación y mantenimiento de parques públicos.
Conservación del ambiente y mejoramiento del sistema de acueducto.
Gestión del MinTIC para mejorar la conectividad rural y urbana.
Fortalecimiento de la infraestructura turística.
Apoyo al desarrollo de las comunidades indígenas asentadas.
Fortalecimiento de iniciativas culturales y artísticas.
Programa para el fortalecimiento de liderazgos de mujeres mistratenses.
Las obras relacionadas deberán contribuir al desarrollo local, a la estimulación económica del municipio y al bienestar de sus habitantes, promoviendo avances en los siguientes temas:
Artículo 4° - Promoción del desarrollo cultural y turístico
Exhórtese a las siguientes entidades, bajo los principios de coordinación y concertación con las comunidades del municipio, a promover la formulación de un plan que desarrolle y fortalezca la cultura, la historia de las comunidades indígenas, el arte y el turismo en Mistrató:
Descubre dónde se encuentra este histórico municipio de Risaralda
Ubicado en las estribaciones de la Cordillera Occidental, a una altitud promedio de 1.500 msnm.
Clima templado húmedo con temperaturas entre 18°C y 24°C, ideal para el cultivo de café.
Aproximadamente 16.000 habitantes entre zona urbana y rural, incluyendo comunidades indígenas.
Cifras clave de la Ley 2523 de 2025