📜 Patrimonio Cultural · Huila, Colombia
LEY 2545
DE 2025 · 19 de Septiembre

«Por medio de la cual la Nación y el Congreso de la República exaltan, reconocen y promueven el oficio cultural de confección y tejeduría en palma de iraca del sombrero suaceño, y se dictan otras disposiciones.»

0 Años de Tradición
0 Municipios Productores
0 Artesanas Activas
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Objeto de la Ley

La presente ley tiene por objeto exaltar, reconocer y promover por parte de la Nación y el Congreso de la República, el oficio cultural de la tejeduría con palma de iraca (Carludovica Palmata) en la transformación, elaboración y comercialización del sombrero de Suaza.

Este sombrero se produce en el valle del río Suaza, en los municipios de Suaza, Acevedo y Guadalupe, en el departamento del Huila.

La ley faculta al Gobierno Nacional y su institucionalidad a realizar gestiones y ejecutar acciones para el cumplimiento de la presente ley, en el marco de la Constitución y normatividad vigente.

Carludovica Palmata · Palma de Iraca
🎩
Sombrero Suaceño
Patrimonio Cultural Inmaterial · Departamento del Huila

Entidades Responsables

El Gobierno Nacional, a través de su institucionalidad, es el encargado de ejecutar las acciones para el cumplimiento de la presente ley.

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Entidad coordinadora

Gobierno Nacional

Facultado por la ley para realizar gestiones y ejecutar acciones que den cumplimiento a los objetivos de la Ley 2545 de 2025, en el marco constitucional vigente.

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Cultura y Patrimonio

Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes

Entidad rectora de la política cultural. Responsable de coordinar las acciones de reconocimiento, protección y difusión del patrimonio cultural inmaterial del sombrero suaceño.

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Artesanías

Artesanías de Colombia

Entidad adscrita al Ministerio de Comercio. Apoya la promoción, comercialización y desarrollo artesanal, incluyendo el fortalecimiento de las asociaciones de tejedoras del Valle de Suaza.

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Nivel territorial

Gobernación del Huila

Entidad territorial del departamento. Coordina a nivel regional la implementación de la ley, articulando con los municipios productores y las comunidades artesanas.

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Municipios productores

Alcaldías: Suaza, Acevedo y Guadalupe

Municipios del Valle del Río Suaza que concentran la producción artesanal. Responsables de la ejecución local, el apoyo a artesanas y el fomento del cultivo de palma de iraca.

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Sector artesanal

Asociaciones de Artesanas

Organizaciones comunitarias como Artesuaza y otras asociaciones de tejedoras que agrupan a las artesanas del Valle de Suaza y son beneficiarias directas de la ley.

El Sombrero Suaceño en Cifras

Datos que dimensionan la importancia cultural, artesanal y económica del oficio reconocido por la Ley 2545 de 2025.

📅 0
Años de tradición artesanal ininterrumpida
👩‍🦱 0
Artesanas activas en el Valle de Suaza
🏡 0
Municipios productores: Suaza, Acevedo y Guadalupe
⏱️ 0
Semanas aprox. para tejer un sombrero de ala ancha
💰 0
Desde $700.000 pesos el sombrero más económico
🌎 0
Año en que se impulsó la industria del sombrero suaceño

Artículos de la Ley

Estructura normativa de la Ley 2545 del 19 de septiembre de 2025, presentada de forma clara y organizada.

Art. 1°

Objeto

La presente ley tiene por objeto exaltar, reconocer y promover por parte de la Nación y el Congreso de la República, el oficio cultural de la tejeduría con palma de iraca (Carludovica Palmata) en la transformación, elaboración y comercialización del sombrero de Suaza que se produce en el valle del río Suaza, en los municipios de Suaza, Acevedo y Guadalupe en el departamento del Huila, para que se faculte al Gobierno Nacional y su institucionalidad, realizar gestiones y ejecutar acciones al cumplimiento de la presente ley, en el marco de la Constitución y normatividad vigente.
Art. 2°

Reconocimiento Nacional del Sombrero Suaceño

El Congreso de la República y la Nación reconocen el sombrero suaceño como símbolo cultural de Colombia y del departamento del Huila. Este reconocimiento exalta la tradición artesanal de más de 200 años de antigüedad, elaborada de forma completamente manual con palma de iraca, como expresión identitaria del pueblo huilense.
Art. 3°

Fomento y Protección del Oficio Artesanal

El Gobierno Nacional, a través de las entidades competentes, adoptará las medidas necesarias para proteger y fomentar la artesanía del sombrero suaceño. Las acciones incluirán el apoyo a las asociaciones de artesanas y artesanos, la comercialización a nivel nacional e internacional, y el fortalecimiento de la actividad artesanal como fuente de desarrollo económico para las comunidades productoras del Valle de Suaza.
Art. 4°

Preservación y Transmisión del Saber

Se promoverá la enseñanza y transmisión del oficio de la tejeduría en palma de iraca a nuevas generaciones, incluyendo su incorporación en iniciativas educativas de los municipios de Suaza, Acevedo y Guadalupe. Se reconoce el papel fundamental de la mujer en la preservación y transmisión generacional de este conocimiento ancestral.
Art. 5°

Cultivo y Sostenibilidad de la Palma de Iraca

El Gobierno Nacional y las entidades territoriales fomentarán el cultivo sostenible de la palma de iraca (Carludovica Palmata), planta nativa indispensable para la elaboración del sombrero suaceño. Se impulsarán iniciativas para garantizar la disponibilidad de la materia prima, proteger la especie en el territorio y promover su siembra en los municipios productores.
Art. 6°

Difusión y Promoción Cultural

Se promoverán acciones para la difusión y visibilización del sombrero suaceño en el contexto cultural nacional e internacional, incluyendo su participación en ferias artesanales, eventos culturales y espacios de comercialización, con miras a consolidar su reconocimiento como patrimonio artesanal representativo de Colombia.
Art. 7°

Vigencia

La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación y publicación en el Diario Oficial. La Ley 2545 fue sancionada el 19 de septiembre de 2025 y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

Zona de Producción

El sombrero suaceño se produce en el valle del río Suaza, en el sur del departamento del Huila.

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Municipio de SuazaUbicado a 155 km de Neiva. Principal centro artesanal y origen histórico del sombrero suaceño desde el siglo XIX.
📍
Municipio de AcevedoMunicipio productor integrado al Valle del Río Suaza. Contribuye con artesanas y cultivo de palma de iraca.
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Municipio de GuadalupeTercer municipio del eje productivo del sombrero suaceño en el departamento del Huila.
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Departamento del HuilaRegión andina del sur de Colombia. Capital: Neiva. La ley reconoce al sombrero suaceño como símbolo cultural de este departamento y de la Nación.
Neiva S Suaza A Acevedo G Guadalupe Valle del Río Suaza N Municipio productor Otros municipios Departamento del Huila Zona de Producción · Ley 2545 de 2025
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