Dictar medidas para la prevención, atención y erradicación de la ablación o mutilación genital femenina en todo el territorio nacional, con el fin de garantizar la protección de los derechos humanos de las niñas, adolescentes y mujeres en Colombia desde un abordaje integral, diferencial, de género, interseccional, intercultural y comunitario.
Artículo 3° — Ámbito de aplicación
Las medidas de prevención, protección y atención son aplicables en todo el territorio nacional para todas las niñas, adolescentes y mujeres que sufran una ablación o mutilación genital femenina, independientemente del contexto en que suceda y sin distinción alguna por razones de etnia, edad o nacionalidad.