Lenguaje Claro y Accesibilidad
20 Colección Guías Pedagógicas: Lenguaje claro y accesibilidad ← Volver a la tabla de contenidos 4.6. La importancia del lenguaje utilizado por el juez Conforme al cuadro anterior, es rele- vante el uso de adecuado del lenguaje por parte del juez “En la sentencia T-126 de 2018, la Sala Séptima de Revisión estudió dos acciones de tutela en las que se analizó si el uso del lenguaje por parte de autoridades judiciales podía constituir un acto de revictimización para las víctimas. La Sala concluyó que el “lenguaje utilizado por el juez en su ejercicio de motivar una decisión es absolutamente relevante, pues a partir de él se construye una verdad judicial y una posición de los hechos que fueron denunciados. ” (CC T-386 de 2021) . 4.7. El lenguaje uti- lizado en diferentes contextos sociales debe sujetarse la Constitución Política El lenguaje utilizado en diferentes contextos sociales debe sujetarse la Constitución Política, así lo establece la Corte Constitucional: “En conclusión, para este Alto Tribunal el uso del len- guaje tanto en el ordenamiento jurídico como en diferentes contextos sociales deben ajustarse a los valores y principios que resguarda la Carta Política de 1991. Además de tener una naturaleza poliva- “Entender la discapacidad desde un enfoque social implica concebirla como una situación de la sociedad y no del individuo. Las limitaciones que parecieran tener los niños y las niñas en situación de discapacidad no se originan en su condición personal, física o mental, sino en la incapacidad de la sociedad para garantizar- les los espacios y los servicios para todas las personas en independencia de sus contingencias particulares ” (CC T-422 de 2022). “Una vez expedido este protocolo, las autoridades concernidas deberán sociali- zarlo con los funcionarios del penal y con los internos. En este último caso, deberán implementar estrategias de comunicación efectivas que tengan fundamento en un lenguaje simple y comprensible. Este proceso no podrá tardar más de un mes. Para el efecto, la Defensoría del Pueblo acompañará el cumplimiento de esta orden en el marco de sus competencias constitucionales y legales en materia de promoción de los derechos fundamentales” (CC T-365 de 2022). 4.8 Para tener en cuenta lente, el lenguaje tiene la posibilidad de crear, transformar, deconstruir, extinguir o perpetuar realidades, de ahí que, en escenarios de discriminación, sea nece- sario establecer límites y correctivos, de cara a la eliminación de expresiones que se fundan preconcepciones, prejuicios sociales o personales y que conllevan al desconocimiento de la dignidad humana” (CC T-386 de 2021) . “Desde la perspectiva anotada, el len- guaje configura mundos y no aparece desligado de las personas que lo “hablan, escriben o gesticulan quienes contribu- yen por medio de su hablar, escribir y gesticular a llenar de contenidos no solo las normas jurídicas en una sociedad de- terminada”, sino también la forma como estas deben ser interpretadas y aplicadas por las autoridades competentes de velar por su oportuno y eficaz cumplimiento. Por medio del lenguaje “se comunican ideas, concepciones de mundo, valores y normas, pero también se contribuye a definir y a perpetuar en el tiempo estas ideas, cosmovisiones, valores y normas” (CC SU 020 de 2022) . El lenguaje utilizado en diferentes contextos sociales debe sujetarse la Constitución Política.
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