Protección de Datos Personales, anonimización y Seguridad de la Información

27 Las amenazas que enfrento ← Volver a la tabla de contenidos 3.3. Violación al de- recho a la intimidad Cuando un juzgado pública piezas procesales que contienen información íntima y reservada de una persona, viola el derecho a la intimidad. “La publica- ción de los documentos implicó una grave violación a la intimidad personal y familiar. Pero la Sala estima que la principal razón que impedía al juzgado publicar las piezas procesales y que, por el contrario, lo obligaba a mantenerlas bajo estricta reserva, era que con su pu- blicación estaba violando el derecho a la intimidad de la accionante, de su familia y de terceras personas cuyos nombres aparecían a lo largo de los documentos de los cuadernos que publicó. Esto, sobre todo si se tiene en cuenta que las partes entregaron voluntariamente al juzgado, partiendo del principio de la buena fe su informaciónmás íntima, la que ocurría al interior de su matrimonio y de su familia, en el seno de su hogar. Esa información fue entregada por las partes con un pro- pósito particular: que el juzgado decreta- ra su divorcio” (CC SU 355 de 2022) . La Corte se pregunta si la información intima relacionada con los sujetos proce- sales así como las partes mencionadas en el proceso, son de interés público, al respecto establece: “Por lo tanto, la infor- mación contenida en los documentos pu- blicados por el juzgado no le interesaba a nadie más que a las partes, a los sujetos involucrados y al juez. ¿O quiénmás, aca- so, tiene interés legítimo en conocer los pormenores de las presuntas relaciones extramatrimoniales sostenidas por una pareja? ¿resulta legítimo que cualquier persona conozca los nombres de los hi- jos de unos esposos que no lo quieren ser más? ¿es, tan siquiera concebible, que los nombres de las supuestas pare- jas extramatrimoniales de los cónyuges sean dejados a la merced de un público generalizado? ¿a quién ajeno al proceso judicial le interesa legítimamente el valor al que ascienden los servicios públicos de un hogar y los gastos en los que incurre en el mes? ¿qué interés público representan las discusiones que ocurren en el seno de una pareja que quiere disolver su vínculo matrimonial? LaSalaestimaqueninguno” (CC SU 355 de 2022) . 3.4. Afectación su- perior a la intimidad personal y familiar con la indexación de los documentos al motor de búsqueda de Google La intimidad de las personas y el buen nombre no solo se afecta con la publica- ción de la información personal de estas en el micrositio del juzgado, sino también, cuando esta información, es indexada en motores de búsqueda, que con una simple búsqueda permite la recuperación de la información, al respecto, la Corte Constitu- cional se ha pronunciado en los siguientes términos: “Esta circunstancia se agravó sustancialmente si se tiene en cuenta que la información del micrositio del juzgado estaba indexada al motor de búsqueda de Google, lo que significa, según las pruebas obtenidas en sede de revisiónpor esta Sala, que su contenido podía ser analizado por su algoritmo, organizado en su biblioteca y, en consecuencia, era posible para cual- quier persona que accediera al buscador encontrar los documentos con tan solo es- cribir el nombre de cualquierade las partes del proceso” . (CC SU 355 de 2022) .

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