Carrera Judicial
12 Colección Guías Pedagógicas: Carrera Judicial ← Volver a la tabla de contenidos Desde la convocatoria al concurso se asegura y garantiza la igualdad de oportunidades, por ello los procesos de selección que se realicen para proveer cargos públicos en obedecimiento a la igualdad de mérito y de trato, durante todo el proceso, no deben responder a otros criterios que desmejoren las capa- cidades de los demás aspirantes y de esta forma, el empleo será ocupado por la per- sona que satisfaga cabalmente todos los requisitos exigidos y posea las calidades idóneas para el cargo específico, teniendo en cuenta el mayor puntaje. Existen varios pronunciamientos de la Corte Constitucional frente al principio de igualdad en la carrera administrativa y señala lo siguiente: “Por último, tratán- dose de la relación de la carrera admi- nistrativa con el derecho a la igualdad, la Corporación ha indicado que “el acceso a la carrera mediante concurso dirigido a determinar los méritos y calidades de los aspirantes es una manifestación con- creta del derecho a la igualdad que se opone al establecimiento de requisitos o condiciones incompatibles y extraños al mérito y a la capacidad de los aspi- rantes”, pues, en tal evento, se erigirían ―barreras ilegítimas y discriminatorias que obstruirían el ejercicio igualitario de los derechos fundamentales” (CC C-588 de 2009) . 2.2. Estabilidad e igualdad de oportu- nidades a quienes aspiren a hacer parte de la administración La estabilidad e igualdad, se involucran en la existencia de un régimen de carrera judicial que implica un adecuado sistema de ingreso, con mecanismos de designa- ción objetivos y sin injerencias indebidas. Dicho régimen implica el respeto a prin- cipios fundamentales como la inamovili- dad, permanencia, ascensos, adecuados mecanismos de control y supervisión, en- tre otros aspectos. Está comprobado que la carrera judicial es uno de los elementos centrales para una justicia independiente. La carrera judicial alude no solo a las garantías de funcionamiento institucio- nal, sino al establecimiento de un sistema burocrático-profesional, que parte de la profesionalización y especialización de los funcionarios que conforman la judicatura. La carrera es impensable sin la existen- cia de la permanencia en el cargo, que establece precisamente la configuración del cuerpo orgánico especializado que administra justicia a todos los niveles de la estructura judicial, así como la necesidad de establecer mecanismos de proyección de sus integrantes para evitar, precisa- mente, que esta garantía institucional de funcionamiento que es la independencia, sea lesionada por indebidas injerencias. Si bien la independencia es una cuali- dad que expresa el órgano judicial (una garantía institucional), en el aspecto concreto es una característica sustantiva de la labor que desempeñan los jueces mismos. En ese sentido, constituye un elemento central de la actuación y que no puede ser ignorada. El Poder Judicial ope- ra en el Estado como parte fundamental de la estructura de protección de los de- rechos humanos, evitando la impunidad y resolviendo los conflictos con criterios de constitucionalidad y legalidad, debe procurarse construir dicha estructura con todas las garantías para que ello opere de manera efectiva, siendo que la estrategia es el aseguramiento de la existencia de la independencia.
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